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lunes, 23 de mayo de 2011

"La oralidad penal: una vía para la justicia y bienestar colectivo”

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DEL SUR

ALUMNO:
Aldo J. Michel Chávez
MATERIA:
Argumentación y redacción jurídica
PROFESOR:
Víctor Manuel Montes Rodríguez
Eje temático:
“La oralidad penal: una vía para la justicia y bienestar colectivo”


Cd. Guzmán Jalisco, 23/05/2011
En la actualidad, la justicia en nuestro país, es una justicia lenta y poco conveniente para llegar a la solución de los conflictos. Nuestro sistema penal actual es lento debido a que el procedimiento se lleva a cabo a base de la escritura, es decir, todo es por escrito, lo cual retarda el procedimiento en la espera de que el documento sea analizado por el juzgador, y en general es tardado esperar y esperar el desarrollo del procedimiento.
El actual sistema penal (escrito) parece ser poco conveniente en comparación con el sistema penal basado en la oralidad; pues el actual sistema penal por ser en base a la escritura presenta desventajas que retardan el procedimiento; como por ejemplo, como es el no tener contacto directo entre si tanto las partes que intervienen en el procedimiento como el juez del mismo; la poca publicidad que se le da a los procedimientos, a los fallos del juez, entre otras mas.
Una opción para mejorar el sistema penal en nuestro país, son los juicios orales.Los juicios orales ayudan a impartir justicia de una manera pronta; lo cual, además de darle rapidez a los procedimientos penales, invitan a la población a presenciar de la impartición de justicia.
Lo conveniente es que la justicia cada día sea más pronta y equitativa, para que de esta manera las personas en nuestra sociedad gocemos de una mejor calidad de vida; y esto sería posible si recurrimos a los juicios orales.











Nuestro actual sistema penal es poco conveniente en la solución de los conflictos generados en nuestra sociedad; ya que es un procedimiento muy lento.Debido a esto nos vemos en la necesidad de cambiar nuestro sistema penal, de sustituir el actual por el procedimiento penal a base de la oralidad.
el actual sistema penal se basa en el principio de culpa, en el cual un individuo es culpable hasta que se demuestre lo contrario; y este sistema penal trabaja basándose en la escritura del procedimiento; esto es, el procedimiento es por escrito, la acusación, las pruebas, peritajes, etc., lo cual retarda el procedimiento, por el motivo de que es muy tardado que el archivo llegue a manos del juzgador, y que de igual manera tarda mucho tiempo en que cada prueba que se ofrezca sea analizada por el mismo.
A diferencia, con el sistema oral, existirá la ventaja de resolver conflictos con mayor prontitud; el hecho de que el procedimiento se lleve en base a la oralidad; todo verbalmente; la acusación, testigos, peritos, etc., todo ello contribuirá a darle rapidez y eficacia al procedimiento.
El sistema oral aparenta ser el más adecuado para mejorar el sistema penal en nuestro país, pues en este todo el procedimiento se llevara en presencia del juez y los procedimientos serán másrápidos.












En el sistema penal oral, la oralidad es base en el procedimiento, por esa razón es preciso adentrarnos en ella.
La oralidad ayuda a establecer un sistema de comunicación, en el cual se pretende la adquisición de la verdad y con esta darle fin al conflicto.
La oralidad requiere la publicidad, el contradictorio, concentración y la continuidad.
La publicidad de la oralidad se refiere a que cualquier persona pueda presenciar el desarrollo del debate y los fundamentos de la decisión final. Por medio de la publicidad se podría “asegurar” el cumplimiento de lo anterior; pues al ser publico el juicio las personas en el presentes pueden ir siguiendo paso a paso el desarrollo del procedimiento y al finalizar el mismo darse cuenta por si mismos por que el juez dicto tal o cual fallo, y en que se fundamento el juzgador para tomar esa decisión final.

Es justo para los gobernados ver actuar a los juzgadores (jueces), en donde se pueda apreciar la manera en que los juzgadores desarrollan su papel de impartir justicia, que los ciudadanos asistan a los procedimientos penales, desde el inicio de un procedimiento con la acusación, así como en el ofrecimiento de pruebas, los alegatos de las partes, etc., y en el momento de que el juez dicte su sentencia; pero lo importante es que las personas presentes en la audiencia se percaten en que se basa, en que se fundamenta el juez para dictar una sentencia.Se podría decir que la publicidad es una garantía para el acusado, puesto que impide la arbitrariedad en la impartición de la justicia.
Así pues, es necesario que los jueces asuman completamente su función, que poco a poco se vallan dejando de lado a las personas que lo “auxilian” en el desempeño de su profesión, que se dediquen a desempeñar personalmente se función de juzgar y hacer justicia; por que desgraciadamente, en el actual sistema penal ( escrito) ocurre que muchas de las veces las partes involucradas en un procedimiento penal, no llegan a tener contacto directo con un juez, puesto que todo el procedimiento es por escrito, todo se reduce a que las partes plasmen sus argumentos en un documento para que después lo “lea” el juez; sino es que su secretario o algún auxiliar; y finalmente se dicte sentencia.
Esencialmente, lo importante de la publicidad es que las personas se den cuenta del actuar de los involucrados en un procedimiento penal, y que de esta manera se aprecie la impartición de la justicia.
El contradictorio en el sistema penal oral se refiere a que las partes en un procedimiento se cuestionen unos a otros en relación con sus argumentos expuestos en juicio; permite que las partes observen a su contrario como introduce las pruebas al caso, y si algo le causa duda, es aquí en donde cuestiona a la parte contraria en relación a la pruebas o argumentos.
Es en el contradictorio del juicio oral, es donde las partes pueden cuestionarse unas a otras, en donde pueden “contradecir” sus argumentos, pruebas, etc., en busca de esclarecer la realidad de los hechos. Las partes intervinientes deben conocer, cuestionar y controlar directamente todos los medios de prueba.
El proceso oral disminuye significativamente la posibilidad de que se manipulen fraudulentamente las pruebas, pues la comunicación directa entre las personas que intervienen en la audiencia permite detectar más fácilmente tales desviaciones.
Respecto a la concentración en el procedimiento penal oral, se trata de que los sujetos involucrados en un procedimiento penal se encuentren todos presentes en el momento en que se inicie o se este llevando a cabo el juicio penal.La audiencia no puede iniciarse o continuarse sino se está presente el fiscal, el defensor, el imputado.
La continuidad del procedimiento penal se refiere a que la impartición de justicia en un juicio oral debe ser continua, es decir, la celebración de la audiencia de debate debe ser en un acto único,compuesto por las sesiones o pausas necesarias, pero buscando que todo sea de una manera sucesiva, la acusación, la recepción de las pruebas, los alegatos de las partes, las conclusiones y la sentencia del juez.

Existe una estrecha relación interna entre la oralidad y la inmediación, pues para que el debate sea oral se necesita que los jueces examinen directamente la prueba, contando con la participación de todas las partes intervinientes. La inmediación se refiere directamente a la relación entre el tribunal y los medios de prueba, de tal forma que el juez pueda percibir y conocer directamente la prueba.
La inmediación es básica para lograr la determinación de la verdad de los hechos. La información, el examen de la prueba, debe realizarse con la presencia, comunicación e interacción de los jueces y de las partes intervinientes.

El juicio oral y público requiere inevitablemente, el sistema de valoración de la prueba mediante la sana crítica racional. La prueba debe evaluare conforme al sentido común, la experiencia, y la lógica que correspondan al caso. El Tribunal tiene absoluta libertad de escoger y valorar las pruebas que fundamentarán su decisión, pero siempre deberá expresarla motivadamente. La sentencia debe tener una fundamentación que guarde relación con las pruebas examinadas y evaluadas en el debate.




La oralidad en los juicios penales, aparenta ser un medio de ayuda en la solución y agilización de la justicia penal. Con los juicios orales la justicia podría ser otra, seria distinto el actuar de los jueces en los procedimientos penales. En el sistema penal actual (escrito-principio de culpa- una persona es culpable hasta que se demuestre lo contrario) los juzgadores intervienen indirectamente en los procedimientos, con ayuda de empleados o auxiliares; pero a diferencia, el sistema penal oral, el cual se rige por la presunción de inocencia (una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario), los juicios orales contribuirán a que los juzgadores actúen personal y directamente en los procedimientos penales, lográndose así una mejora en la impartición de justicia.

El juicio oral además de agilizar la impartición de justicia, podría ser un instrumento de control popular sobre el poder ejercido por los jueces; pues por medio de la publicidad del juicio se evitara una mala aplicación de justicia. También es una garantía para el acusado, puesto que impide la arbitrariedad de la justicia.

Es conveniente acudir a la oralidad en los juicios, pues al ser de manera oral los juicios se presentarían de una manera más pronta en busca de la verdad, y además se estaría combatiendo a la corrupción e injusticias que se cometen en el actual sistema penal (escrito), a causa de de la poca publicidad que se le da a los procedimientos y a la impunidad.

Es importante contar con una buena impartición de justicia, y los juicios orales son una opción para el mejoramiento del sistema penal y, a su vez, para acrecentar la paz y la armonía de la sociedad.






http://enj.org/portal/biblioteca/penal/la_oralidad_en_el_proceso_penal/33.pdf

http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com_content&task=view&id=3492&Itemid=426

http://enj.org/portal/biblioteca/penal/la_oralidad_en_el_proceso_penal/33.pdf

http://www.unidosjusticia.org.ar/archivo/GAMBOA_Oralidad_procesos_previos_judiciales.pdf

http://www.bibliojuridica.org/libros/2/745/31.pdf

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