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sábado, 28 de mayo de 2011

Ponencia

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DEL SUR

LA ORALIDAD ORIENTADA A LA ETICA SOCIAL Y LA DIGNIDAD HUMANA
LAS COMUNICACIONES SOCIALES
KARLA BERENICE FLOREAN SANCHEZ
CD.GUZMAN JALISCO
23 DE MAYO DE 2011

Las comunicaciones sociales han sido útiles en las relaciones de las personas y en su vida cotidiana. Nos ayuda de alguna manera en entendernos unos con otros y para eso existen medios de comunicación que no lo facilitan. El uso de estos medios puede producir efectos positivos o negativos en la sociedad y en ciertas ocasiones son utilizadas de manera errónea.
El impacto que tiene la comunicación social en la sociedad es enorme. Por medio de este las personas entran en contacto con otras personas y con sucesos que ocurren en cualquier parte del mundo, forman opiniones y valores.
No solo se trasmite y recibe información e ideas a través de estos instrumentos, sino que a menudo las personas experimentan la vida misma como una experiencia de los medios de comunicación social. La evolución tecnológica está teniendo como consecuencia inmediata que los medios de comunicación resulten cada vez más penetrantes y poderosos.
El alcance y la diversidad de los medios de comunicación accesibles a la gente en los países ricos ya son asombrosos: libros y periódicos, televisión y radio, películas y vídeos, grabaciones y comunicaciones electrónicas transmitidas por radio, cable, satélite e Internet.
La gente, dependiendo de cómo usa los medios de comunicación social, puede aumentar su empatía y su compasión o puede encerrarse en un mundo narcisista y aislado, con efectos casi narcóticos.
Ni siquiera los que rehúyen los medios de comunicación social pueden evitar el contacto con quienes están profundamente influidos por ellos. Se puede decir que ya es casi imposible que la gente no esté relacionada con algún medio de comunicación social.
Los medios de comunicación no hacen nada por sí mismos, es solo un instrumento que utiliza el hombre para que la comunicación entre ellos sea más fácil y más rápida.
LA ORALIDAD
En la vida en sociedad se necesita un sistema que sea eficiente para la comunicación entre las personas, y es el lenguaje hablado el que ha facilitado esa socialización. Ya que el lenguaje es una de las expresiones más antiguas y es lo que distingue al hombre de los demás animales.
La evolución que ha existido en el transcurso de los años en la oralidad ha sido bastante amplia, ya que desde que apareció el hombre a tratado de desallorarlo, primero comenzaron con ciertos ruidos hasta que finalmente pudieron articularlos y los convirtieron en un lenguaje.
La oralidad es el lenguaje relacionado con el habla. Sin embargo el problema del lenguaje es el uso sociocultural con el que se manifiesta, es decir el léxico que se utiliza normalmente en las calles, que hasta se ha trasladado a los medios de comunicación masivo.
LA ORALIDAD EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Los medios de comunicación son un importante vehículo de cultura y de formación lingüística. Su correcto uso ayuda mucho a la gente que los utiliza, pero el uso incorrecto hace daño a los mismos.
Lo importante en los medios de comunicación no es en sí su utilización si no el contenido que tienen en ellas. La oralidad es muy importante ya que es una manera de comunicarse con toda la gente y se tiene que usar un lenguaje que sea entendible para toda la gente.
En la televisión se utiliza un lenguaje que es común, no se utiliza uno especializado porque es muy probable que la mayoría de la gente no le entienda y no lo encuentre interesante, ya que para los medios de comunicación es más importante el número de personas que lo ven por el entretenimiento que les ofrece, que en ocasiones enseñarles cosas útiles a toda la gente que lo ven.
Pero el problema de usar un lenguaje común es que promueve la ignorancia entre las personas, ya que en lugar de enseñar cosas nuevas se queda estancado en lo mismo.
Durante el transcurso de la historia del hombre en general tanto en sus descubrimientos, en su evolución, como persona e integrante de una sociedad, nos podemos dar cuenta que el hombre y sus medios pasaron por varias etapas con las que podemos reflexionar y llegar finalmente que no siempre fue una más importante que otra.
Al principio los medios de comunicación social solo se utilizaban para mantener informadas a todas las personas, pero conforme paso el tiempo y para cubrir las necesidades de la gente, se comenzó a utilizar como medio de entretenimiento.
LA ETICA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Se puede decir que el lenguaje utilizado en los medios de comunicación social carece de ética en ocasiones, cuando se utilizan palabras altisonantes, y esto ha ocasionado la molestia de algunas personas, porque aunque no lo creamos estos medios se han vuelto bastante influyentes en la educación que hemos tenido, en especial para los niños, en cuanto a la televisión se refiere.
Hoy en día la ética brilla por su ausencia en los medios. El periodismo, por ejemplo, crea a sus anchas en deterioro de los verdaderos profesionales. Programas llenos de personajes sin cultura e ignorantes con un lenguaje poco ortodoxo, mostrando la vulgaridad y tonterías de sus vidas.
El léxico y sus expresiones reciben su maltrato en los medios de comunicación, estos también son tropiezos para una comprensión rápida y cabal de la información. La causa es la omisión de las reglas de uso y falta de dominio de las estructuras del idioma.
Para evitar que el mal uso de la oralidad en los medios de comunicación, se tiene que estar alerta para no cometer errores, e mejorar la formación lingüística de los profesionales que se encargan de la comunicación social.
Pero la responsabilidad de que los medios de comunicación social tengan un uso correcto, en cuanto a lenguaje, no solo recae en los que se encargan de eso si no en la educación, ya que esa es la raíz del problema, se necesita mejorar el sistema educativo para culturizar a la gente, y no se caiga en esos errores.

miércoles, 25 de mayo de 2011

En torno a la interpretación jurídica.

Supuestos de la interpretación jurídica.
La necesidad y el hecho de la interpretación en el conocimiento y en la comunicación de los seres humanos se funda en supuestos claros y definidos, de los que arrancan una solución aceptable al problema que aquí se plantea.
Supuestos ontológicos.
En primer lugar la realidad, que es objeto del conocimiento y de la acción humanos, es compleja y, dentro de ciertos límites, cambiante. Existe, en consecuencia, un objetivo que explica la necesidad de la interpretación cuando el ser humano se encuentra con las características mencionadas de la realidad, pues si ésta fuera de una simplicidad absoluta y, una vez existente, fuera totalmente inmutable, se facilitaría sin duda la claridad unívoca del conocimiento humano y de su expresión, y no habría necesidad de despejar oscuridades o expresiones ambiguas.

Supuestos gnoseológicos.
*Gnoseología; también llamada teoría del conocimiento, es una rama de la filosofía que estudia la naturaleza, el origen y el alcance del conocimiento.
Además de la complejidad y mutabilidad de lo real, el conocimiento humano tiene a su vez limitaciones esenciales, que le impiden agotar en forma definitiva toda la riqueza de la realidad e imponen como camino inevitable el esfuerzo constante, el retorno completo del conocimiento sobre sí mismo para criticar (valorar) su propia verdad, la gradación en los datos obtenidos y el cotejo interpersonal y social de los conocimientos adquiridos.
Incluso desde la perspectiva de la ciencia no es posible sostener como única actitud científica aceptable el conocimiento verdadero y cierto de necesidades causales, noción que se considera típica de la ciencia clásica, sino que, en función de las limitaciones humanas, hay que incluir en lo científico la búsqueda de la verdad, la probabilidad y la posibilidad y no tan solo la certeza; la hipótesis y la teoría, la confirmación gradual de certidumbres anteriores mediante la investigación pura, la investigación aplicada y los resultados tecnológicos. El conocimiento humano procede impulsado por las preguntas acerca de la esencia y la existencia de los seres y, acumulando indicaciones parciales, va integrando penosamente conocimientos válidos que amplían de manera indefinida el dinamismo del espíritu sobre la realidad.

Supuestos de expresión verbal y escrita.
La comunicación entre seres humanos se realiza por medio de signos de diversas clases, desde el gesto y la actitud corporal, hasta la palabra oral y el símbolo gráfico aceptado por convención entre las personas. Esta necesidad de utilizar en lenguaje oral y el escrito de mediación y transmisión de conocimiento de la realidad fundamenta la necesidad de la interpretación debida a las limitaciones indudables de los signos expresivos. Las variaciones de la semántica en diversos tiempos y lugares requieren una adecuada interpretación en todos los campos de la actividad humana.
Cambios en la conciencia moral.
Las razones anteriores no agotan la exigencia de la interpretación. Es necesario añadir el cambio mismo que sufre la conciencia moral –cambio que puede ser manifestación de progreso o de retroceso en la captación de las exigencias humanas morales fundamentales- como estímulo básico de interpretación. La mutabilidad en la relación existente entre el sujeto que conoce y la realidad conocida no se da exclusivamente en razón del objeto, sino que también cambia el sujeto, y uno de sus cambios decisivos es el que se produce en el nivel de su conciencia, la que se expresa tanto en los criterios y valores morales percibidos, aplicados en los juicios morales y jurídicos, como en el sentido de la actitud existencial plena que influye, sin duda, en el encuentro con la realidad.

Aplicaciones al derecho.
Estas cuatro razones fundamentales de la necesidad de una adecuada interpretación tienen evidentemente aplicación en el campo de derecho y deben tomarse en cuenta al plantear y tratar de resolver el problema de la interpretación jurídica.
Aplicaciones al derecho de expresión verbal y escrita.
El significado de los lenguajes oral y escrito se subordina también, en cierta medida, a factores que cambian en el tiempo y en el espacio y hacen que las normas jurídicas varíen en su connotación concreta. Un aspecto muy importante de la metodología del derecho se refiere precisamente al uso del lenguaje jurídico que, con frecuencia, se encuentra expuesto a tensiones contradictorias: por una parte hay que buscar la máxima comprensión del derecho por el hombre medio de la sociedad a la que se destina la norma y, por otra, la expresión jurídica debe tener la máxima precisión y univocidad, de tal manera que sólo pueda aplicarse a lo significado y a todo lo significado.

Principios de interpretación en el derecho.
Se relacionan con las causas que fundamentan la necesidad de una interpretación de una interpretación de las normas jurídicas. En algunos sitemas, la interpretación correponde al Poder Judicial, sobre todo mediante su instancia suprema; la interpretación queda eliminada por una excesiva actividad de reforma legislativa y administrativa de las normas. Además debe señalarse la limitación que impone la garantía de determinados bienes humanos en materia penal a la aplicación que impone la garantía de determinados bienes humanos en matera penal a la aplicación del principio de identidad substancial en el cambio accidental, y que impide la analogía o la mayoría de razón. En ciertas ocasiones es posible reconstruir con bastante exactitud el proceso de conocimiento que siguió el autor de la norma jurídica en el momento de producirla y, en esos casos, se pueden señalar incongruencias entre a finalidad claramente determinada por el autor de la norma y los métodos de conocimiento que siguió al elaborarla, lo cual permite, dentro de los límites del sistema de interpretación propio, abrir paso a la integración que Vallarta dio, mientras era presidente de la Suprema Corte de Justicia, al art. 14 de la Constitución, e realidad con l juicio de amparo , cuando intentó restringir a la materia pena la garantía de exacta aplicación de la ley.
La deficiencia del signo hace necesaria la interpretación, que, evidentemente, al referirse al lenguaje, tiene que incluir muchos aspectos relativos al pensamiento, y que se trata de una relación esencial entre el signo y la realidad significada por el pensamiento.
Es indispensable atender al significado inmediato de la palabra en su uso general y jurídico, lo cual puede ya plantear problemas por la diversidad de niveles semánticos que requiere la interpretación. Si no es posible descubrir el significado de la palabra mediante el análisis de la misma, hay que realizarlo con base en el contexto verbal y en el párrafo en que se encuentra la expresión discutible y, en sentido más amplio, a la totalidad del que forman parte las frases y los párrafos anteriores. En este caso puede tratarse de la totalidad de un contrato, de la sentencia completa, de toda una expresión de motivos o del discurso íntegro en un congreso constituyente.

La diversidad de las escuelas de interpretación jurídica.
Esta diversidad se funda en la distinta preferencia o forma de combinación de las razone que hacen necesaria la interpretación y de s aplicación al campo del derecho. Una interpretación exageradamente basada en el sentido original de la norma, con exclusión de toda posibilidad de desarrollo auténtico, que respete la identidad substancial en el cambio accidenta, conduce a la posición de la escuela de la exégesis, que tiene la ventaja de determinar y defender con un alto grado de permanencia y seguridad la mente del autor de la norma en el transcurso del tiempo, pero su desventaja consiste obviamente en cerrarse a toda posibilidad de cambio congruente con espíritu de la norma, por justo y necesario que sea. Si, por el contrario, se exagera el aspecto de mutación histórica de la realidad y el aspecto de cambio de la conciencia ética y jurídica, resulta la escuela del derecho libre, que en realidad destruye la normatividad de las reglas de derecho y erige en valor supremo el acontecimiento en contra de la institución y pretende justificar todas las arbitrariedades en nombre de la adaptación al presente.
El equilibrio científico debe encontrarse en una posición (que el doctor Miguel Villoro denomina escuela de la libre investigación científica) que haga justicia a la experiencia humana y jurídica total y no exagere un elemento del problema a expensas de los demás.
De esta manera queda abierto el camino para una posición jurídica que, mediante la aplicación legitima de las tres formas de poder (legislativo, ejecutivo y judicial), trata de encontrar el respeto a los valores permanentes de la convivencia en una aplicación adecuada de la norma, que será posibilitada por la evolución de la misma mediante la identidad en el cambio.

El método de la interpretación jurídica.El método para una interpretación correcta de las normas jurídicas requiere, entre otras cosas, la unión viva y equilibrada de los elementos que se han separado tan sólo por razones didácticas en los párrafos anteriores, al hablar de las causas que hacen necesaria la interpretación y de su aplicación y de su aplicación al derecho.
Hay que tener conciencia muy clara de que, cuando se trata de distinciones que no son en su totalidad distinciones reales, sino en gran parte separaciones de contenidos conceptuales diversos, no se debe trasladar la distinción mental hecha por exigencias de claridad y método a la vida real de los seres humanos que aplican la doctrina expuesta mediante el uso inevitable de distinciones. El intérprete jurídico es una sola y misma persona humana que conoce, capta una realidad compleja y cambiante, tiene problemas de lenguaje y experimenta cambios en la conciencia ajena. Si nunca se olvida la validez metódica de las distinciones que aclaran ni la unidad vital de los elementos que se complementan, el intérprete jurídico tiene una garantía más sólida de acierto en el desempeño de su difícil tarea.

Bibliografía:
“Temas de Filosofía del Derecho”, Efraín González Morfín. Editorial Oxford, páginas 73 a 81.

La oralidad orientada a la ética social y dignidad humana.

Cd. Guzmán municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco, a 23 de mayo de 2011.

Universidad de Guadalajara, Centro Universitario del Sur. Aula Y-1.


EQUIPO 1. LA ORALIDAD ORIENTADA A LA ÉTICA SOCIAL Y DIGNIDAD HUMANA.

Giovanny López Sánchez: La ética en los juicios.
El compañero ha hablado sobre la importancia de implementar los juicios orales en el país. Pero también nos menciona la otra parte que casi nadie lo hace, que es que éste procedimiento no es perfecto, naturalmente. Rapidez no significa eficacia. El abogado debe tener mayor ética a la hora de ejercer su profesión, ya se ha caracterizado en los últimos tiempos en la sociedad con la mala reputación de profesionales y/o el miedo.
Comentarios:
Nos damos cuenta de que el abogado también funge, en ocasiones, como psicólogos. Tenemos que tener un tacto bueno con los clientes, tener una buena ética profesional.
Elegimos que este nuevo sistema nos exige una nueva formación, además de presentación. La buena oralidad y argumentación son básicas para la nueva generación de abogados; por eso creemos que debido a esto la calidad de un profesional va a mejorar, así como nos daremos cuenta de quién en verdad está preparado.

Karla Berenice Florean Sánchez: Las comunicaciones sociales.
Los medios de comunicación no hacen nada por sí mismos, es el ser humano el que los usa para transmitir mensajes. Crean gran influencia ya que todos tenemos fácil acceso a ellos además de que están presentes en todo lugar.
Comentarios:
Llegamos a la conclusión de que la sociedad, en gran medida; ha cambiado drásticamente por el simple hecho de las comunicaciones sociales. De los ejemplos más claros que vemos, es en la educación; nos ha tocado que al ir a primarias de la ciudad escuchamos a niños diciendo majaderías o faltándole el respeto a sus compañeros (as), cosa que antes rara ve se veía; lo comparamos con nuestra generación en la cuál la televisión, por ejemplo; no era de gran influencia en nosotros. Pero ahora que esto a dado un vuelco total, la manera de pensar ha cambiado drásticamente en niños desde muy corta edad. No se diga en adultos…

Isaac Palomino Covarrubias: Conceptos generales, oralidad y dignidad en el abogado.
La oralidad es la expresión de la palabra hablada, así como la forma más natural, elemental y original; es independiente de cualquier otro sistema, pues existe por si misma, sin la necesidad de apoyarse en otros elementos (no cómo la escritura). Es una de las cosas que distingue al ser humano del animal.
La dignidad está relacionada con la excelencia, la gravedad y el decoro de las personas a la hora de comportarse. Un sujeto que se comporta con dignidad es alguien de elevada moral, sentido ético y reacciones honrosas.

Comentarios:
A través de la palabra hablada se enseña y se transmite la cultura. Como seres humanos aprendemos nuestro lenguaje del mismo modo que aprendemos nuestra cultura, y la construcción de ambos elementos se realiza en forma conjunta…la ética social proviene de la experiencia colectiva de alguien y de las personas y culturas con quien interacciona a través de la vida. la ética se enfoca sobre el individuo porque sólo el individuo es verdaderamente personal y por lo tanto un auténtico agente moral.
La dignidad es propia del hombre es un valor singular que fácilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en nosotros o podemos verlo en los demás. Pero ni podemos otorgarlo ni está en nuestra mano retirárselo a alguien. Es algo que nos viene dado. Es anterior a nuestra voluntad y reclama de nosotros una actitud proporcionada, adecuada: reconocerlo y aceptarlo como un valor supremo (actitud de respeto) o bien ignorarlo o rechazarlo.


Rita Marilyn Cuevas Díaz: La oralidad y la ética orientadas a la práctica política.
Al hablar de política es imposible omitir la relación que tiene esta con la oralidad, que un instrumento principal con el que cuenta el político para transmitir a sus receptores y posibles votantes sus ideas; sin ella sus palabras carecerían de poder de convencimiento y valor ante la sociedad. En oralidad cabe desde el grito de un recién nacido hasta un dialogo entre personas porque constituye ya una forma de comunicación, un lenguaje.
Es imposible pensar si quiera en política sin relacionarlo casi de manera inmediata con oratoria y es que ¿Cómo pensar en un político sin expresión oral? De que forma podría convencer a un pueblo de que siga sus ideas y convicciones sino hablándoles “bonito”.

Comentarios:
Bueno, empezamos diciendo y coincidiendo en que un político sin buena oratoria no es político. ¿Por qué? Porqué cómo lo menciona Rita en su ponencia, es imposible que una persona que se va a dedicar a la vida pública y a ser mandatario pueda funcionar sin oralidad, ya que ésta es la base para él; el poder que tenga o logre sólo lo va a obtener de la gente que crea en él debido a la oralidad que tenga al mostrarse con ellos. No habrá otro medio para que lo logre.

Jacqueline Ochoa Tovar: En torno a la interpretación jurídica.
Al hablar de interpretación tenemos que hablar de comunicación. En el Derecho, la interpretación es fundamental desde la creación de leyes hasta el proceso de justicia al aplicarlas. Si no es posible descubrir el significado de la palabra mediante el análisis de la misma, hay que realizarlo con base en el contexto verbal y en el contexto intelectual.
Comentarios:
El legislador para crear una nueva ley o precepto necesita interpretar la realidad social. Trata de que las leyes sean muy fáciles de interpretar, aunque no siempre es así, pero se trata de cumplir con el fin de estas. El encargado de la impartición de justicia deberá también interpretarla para llegar a una resolución o sentencia. La interpretación en el Derecho nos puede llevar o no a la verdad jurídica que buscamos.







"La oralidad y la ética orientadas a la práctica política"

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DEL SUR

La oralidad orientada a la ética social y la dignidad humana

“La oralidad y la ética orientadas a la práctica política”

Por Rita Marilyn Cuevas Díaz

CD. Guzmán, Jalisco
Mayo de 2011







INTRODUCCIÓN:
En la política al igual que el Derecho y la medicina es indispensable tener un código de ética, tanto individual como profesional, la ética fue para los griegos lo que la moral fue para los romanos, aunque en la actualidad es simple diferenciarlas puesto que se entiende a la moral como el conjunto de vivencias, creencias, tradiciones que tiene una persona subconscientemente por el simple hecho de estar viviendo, mientras que la ética es la práctica de las mismas, para un político es entonces fundamental mezclar su ética individual con la del partido o ideología política a la que se incline. Al hablar de política es imposible omitir la relación que tiene esta con la oralidad, que es para mi el instrumento principal con el que cuenta el político para transmitir a sus receptores y posibles votantes sus ideas; sin ella sus palabras carecerían de poder de convencimiento y valor ante la sociedad. Por lo tanto es entonces la oralidad fundamental en la política y la ética a su vez en el desempeño de las funciones profesionales de la misma.
LA ORALIDAD, LA POLÍTICA Y LA RELACIÓN EXISTENTE ENTRE AMBAS.
ORALIDAD:
La oralidad es la forma de expresión por medio de la cual a través de palabras que son símbolos, denominados también fonemas se da la comunicación oral, en ella existen un receptor y un emisor, a grandes rasgos el emisor es aquel del cual procede el mensaje y el receptor quien lo recibe. Recordemos que en la antigüedad el comportamiento, razonamiento y las reacciones eran meramente orales, entonces la oralidad es una herencia que nos ha dejado la evolución que fue por mucho tiempo la única forma de comunicación para las personas ajenas al clero o al comercio. En oralidad cabe desde el grito de un recién nacido hasta un dialogo entre personas porque constituye ya una forma de comunicación, un lenguaje.

POLÍTICA:
Es hecha por y para las personas, que se refleja en actividades orientadas en forma ideológica a la toma de decisiones de una persona o grupos para alcanzar ciertos objetivos generalmente dirigidos a resolver los conflictos colectivos y a la creación de coherencia social, que tiene como resultado la toma de decisiones obligatorias para el bien común. También la teoría clásica la define como el ejercicio del poder. Como ciencia social estudia la teoría y práctica de la política, los sistemas y comportamientos políticos; su objetivo consiste en establecer principios generales acerca del funcionamiento político. Se trata pues de una rama que interactúa con diferentes ciencias de carácter social como son la economía, la sociología, el derecho internacional, etc. Un sistema político es un conjunto organizado de interacciones por medio de las cuales se ejerce la política.
RELACIÓN:
Como ya mencione antes en la introducción me es imposible pensar si quiera en política sin relacionarlo casi de manera inmediata con oratoria y es que ¿Cómo pensar en un político sin expresión oral? De que forma podría convencer a un pueblo de que siga sus ideas y convicciones sino hablándoles “bonito”. Desgraciadamente los políticos se encuentran con una situación de apatía que aunque impide en gran manera la propagación de información escrita, da a su vez al político la oportunidad de propagar sus ideas explotando su verbigracia y talento. Por lo tanto la política en mi opinión no solo va de la mano con la oralidad, sino que necesita de ella para subsistir y lograr sus objetivos.
LA ÉTICA INDIVIDUAL Y PROFESIONAL EN LA PRÁCTICA POLÍTICA:
ÉTICA:
La ética es considerada parte de la filosofía que literalmente significa “Amor a la sabiduría”; filosofía también es el conjunto de consideraciones y reflexiones generales sobre los principios fundamentales del conocimiento, pensamiento y acción humanos, integrado en una doctrina o sistema. La ética proviene del griego ethikos (“carácter”). Comprende el estudio de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir, para muchos actores, aunque siempre existe cierta confusión entre Ética y Moral, esto data desde la antigüedad puesto que la ética fue para los griegos lo que la moral fue para los romanos, además de que proceden de raíces similares; sin embargo en la actualidad sabemos que la moral es el conjunto de costumbres, virtudes, tradiciones, conocimientos y vivencias que tiene una persona, mientras que la ética es la aplicación o la parte práctica de lo que sería Moral. Su importancia radica principalmente en su estudio detenido de las conductas y costumbres de una persona, nos marca a través de vivencias y enseñanzas la manera en que debemos actuar ante las diferentes situaciones que se nos presenten. La ética lleva a actuar a través de la moral de forma quizás distinta a lo decretado por una ley, lo que le da ese carácter de individualidad. Existe la ética profesional que es justo en la que nos enfocaremos que en mi punto de vista es o debe ser un conjunto entre la ética individual y la ética de la profesión o empresa en la que labores, esto es lograr un balance en el cual la ética profesional no sobrepase la ética individual y de igual manera la individual no perjudique su desempeño laboral. Esta busca principalmente regular la conducta del individuo al ejercer una profesión o algún oficio y tiene una estrecha relación con la responsabilidad social, es decir; aquellas acciones que realizamos buscando ayudar a mejorar nuestro entorno social o las que evitamos para no dañarlo y se puede definir en el conjunto de acciones o situaciones en las cuales la persona se vea obligada a actuar según la moral y ética propia en un asunto relacionado a su trabajo o profesión.
La política ya explicada en el subtema anterior tiene mucho que ver con la ética, o por lo menos tendría, la razón es muy simple y en mi opinión daría solución a un grave problema actual que denominare “LA DESCONFIANZA VS POLITICA” que no es más que una realidad que pesa bastante hoy en día, días en que la gente no confía en su política, ni en sus representantes. La ética bien usada en la política lograría no solo una relación natural entre el pueblo y sus representantes o políticos, sino también una revolución pasiva que daría como resultado una nueva era en México, una era de Democracia real. Pero esto no es una propuesta ni mucho menos es una relación entre política y ética, más en específico ética profesional y más en específico una reflexión con la cual doy por concluida mi ponencia sobre qué tan favorable es para el político actual llevar la ética como debe ser: en la práctica; mi respuesta es muy poco, pienso que si un político se para en frente de las personas afines a su causa y les planteara una situación real causaría en la gente desaliento porque si algo busca el pueblo, más en específico el pueblo mexicano es progreso (Claro buscan les caiga del cielo) por lo tanto escuchar sobre propuestas de cambios de fondo que lleven quizás años, la gente cambiara de modo de parecer sobre esa persona e incluso sobre el partido al que pertenece, entonces para que arriesgarse a llegar a eso? La respuesta es remota a la ética y al balance al que hice referencia anteriormente, a no dejar que la ética o ideología arrasadora de un partido o grupo socio-político mutile su ética individual. Creo que con ese ejemplo doy a entender que la política y la ética se relacionan o no, según cada persona.
En conclusión creo que en toda la ponencia estuve concluyendo cosas mientras que avance en cada tema, pero básicamente creo que La oralidad no está relacionada con la política, es fundamental para la política! La política y la ética se relacionan de dos formas: la primera mas bien es con la no ética y la segunda con la ética como tal en la toma de decisiones, en el manejo de las situaciones; que esto no depende sino de cada individuo y su propia ética individual.

martes, 24 de mayo de 2011

ponencia.

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DEL SUR
ALUMNO:
Norma Erendira López Martínez
MATERIA:
Argumentación y redacción jurídica.
PROFESOR:
Víctor Manuel Montes Rodríguez.
Eje temático:
“La oralidad penal: una vía para la justicia y el bienestar colectivo”
PONENCIA:
“Diferencias entre el sistema oral y el sistema escrito, para lograr la Justicia”

Cd. Guzmán Jalisco a 23 de Mayo del año 2011



RESUMEN:
En México, a través de miles de casos de injusticia y de lentitud en los procedimientos penales, se llego a la necesidad de copiar una vez más, un sistema legal extranjero: los juicios orales.
Los juicios orales permiten de manera rápida hacer justicia y respetar las garantías individuales de las personas.
Es oral porque tiene una segunda fase de juicio caracterizada por la inmediación, el contradictorio, la continuación, la publicidad. La verdad es que "un proceso penal es oral, si la fundamentación de la sentencia se realiza exclusivamente mediante el material de hecho, introducido verbalmente en el juicio." La manera en que ha de ser llevada a cabo será bajo la presunción de inocencia en contrario a lo que ha manejado en este tiempo.
Lo ideal es ir quitando tan largos periodos de tiempo que dan para audiencia y presentaciones de prueba que solo atrasan la sentencia que además es dictada sin haber conocido siquiera al acusado, la mejor manera de llevar a cabo los juicios orales son con un sistema oral de verdad, donde la sentencia se sustenta con el material probatorio introducido al juicio mediante la oralidad.














INTRODUCCIÓN:
¿Cuáles son las fallas de nuestro actual sistema penal? ¿El juicio oral será la mejor alternativa? ¿Funcionara el cambio de sistema? ¿Será a través del juicio oral la mejor marera de llegar a la verdad? Como ya mencione antes, nos vemos en la necesidad de reformar nuestro sistema penal, el cual ha sido por escrito, sin presencia de los jueces y tarda mucho tiempo en dictar sentencia, llevando así a cambiar nuestros procedimientos por los juicios orales, ya que su mayor cualidad es hacer justicia (como marca el derecho) y respetar las garantías individuales de las personas.
El sistema actual se rige por el principio de culpa, (una persona es culpable hasta que se demuestre lo contrario) en cambio, el sistema oral se rige por la presunción de inocencia, (una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario), otra característica es que los juicios serán llevados a cabo con presencia de los jueces, y con mayor fluidez.
El sistema oral al que hago referencia como el más idóneo para realizar los fines, los principios y las garantías procesales, es al sistema oral de verdad, donde la sentencia se sustenta con el material probatorio introducido al juicio mediante la oralidad.















CONTENIDO:
La oralidad ha sido incorporada en la mayoría de las legislaciones penales, ya este es el sistema que protege, los derechos básicos del hombre mejor que el sistema escrito. (1)
El juicio oral, deberá ser, público, contradictorio, continuo, concentrado, un instrumento bastante mejor que el sistema escrito para la administración de justicia penal. (1)
Entre el sistema escrito que actualmente tenemos y el sistema oral que se pretende implementar deben tomarse en cuenta su eficacia para realizar y cumplir los principios básicos y las garantías que constituyen la base del sistema procesal. Si se concluye que el sistema oral es el más apto tenemos que comprender el porqué:
Inmediación: puede ser de dos maneras:
• La inmediación subjetiva o formal exige que el Tribunal que va a dictar la sentencia tome conocimiento directo y se forme así su convicción, del material probatorio que ha sido reproducido en su presencia, junto con todos los demás sujetos del proceso. El juicio oral obliga, al Juez y al Fiscal, estar presentes en el juicio y a proceder a recibir en forma directa, sin delegación y sin solución de continuidad, todos los elementos de prueba aceptados en el juicio. Al no existir actas que después van a ser leídas, los jueces están obligados a recibir en forma directa la prueba, sin posibilidad de delegar. En el sistema escrito la recepción de la prueba se caracteriza por estar delegada en oficiales receptores de prueba (escribientes, oficinistas, secretarios), que son los que escuchan los relatos de los testigos, de los peritos, de la víctima y del acusado, y luego los traduce en una acta que el Juez firma como si hubiera estado presente, con base en la cual tomará y sustentará sus conclusiones fácticas y jurídicas sobre el caso.(2)
• La inmediación objetiva o material, según la cual el Tribunal debe obtener el conocimiento y formar su convicción, utilizando el medio probatorio más cercano al hecho a probar, entre todos los medios concurrentes, de manera más eficiente que la escritura, pues la comparación y el análisis se facilitan bastante más cuando los elementos de prueba son recibidos por todos los sujetos del proceso, de manera concentrada y continúa, como se realiza en el juicio oral. En los procesos escritos se interponen largos períodos entre la recepción de un elemento probatorio y otro, dificultando apreciar cuál será el más directo para probar el hecho. La inmediación no debe ser necesariamente absoluta. Pues aún en el juicio oral es posible introducir ciertos elementos de prueba por lectura o exhibiéndolos, que sin inmediación proporcionan una información exacta y libre de objeciones, como serían las fotografías, cintas magnetofónicas, las videocintas, etc. (2).
La concentración y la continuación: Exigen que el juicio oral se realice frente a todos los sujetos procesales, desde el inicio hasta su terminación, de una sola vez y en forma sucesiva, con el propósito de que exista la mayor proximidad entre el momento en que se recibe toda la prueba, formulan las partes argumentaciones y conclusiones sobre ella, deliberan los jueces y se dicta sentencia. En la escritura, la prueba es recibida en en diferentes momentos y a lo largo de meses, muchas veces con años de distancia entre una y otra. (2)
El contradictorio: En el proceso penal es necesario garantizar la recepción de la prueba bajo el control de todos los sujetos del proceso, con el fin de que ellos tengan la posibilidad de intervenir en esa recepción haciendo preguntas y observaciones, solicitando aclaraciones, vigilando la forma en que la prueba se introduce al proceso, apreciando la manera que las demás partes también realizan esa misma labor y luego, debe garantizarse que puedan evaluar las pruebas para apoyar sus conclusiones, también las argumentaciones de las partes, en la medida en que debe garantizarse que puedan escuchar de viva voz los argumentos de la contraria, para apoyarlos o rebatirlos, observando desde el inicio la manera como lo plantean al Tribunal. La escritura, delega la recopilación de la prueba en auxiliares del Juez, así como por la discontinuidad de esa recepción, no es idóneo para realizar el contradictorio, tampoco exige la presencia de todos los sujetos a ese momento, sino que conforme examinen las actas podrán ir formulando sus apreciaciones por separado hasta formar gruesos expedientes, de los que deben extraerse las piezas importantes de otras que no lo son: (2)
La publicidad: Es importante en cualquier proceso de reforma de la justicia penal la necesidad de que nuestros jueces asuman un mayor protagonismo social en relación con la solución del conflicto, que se dejen las delegaciones de las tareas jurisdiccionales más importantes (como ocurre en el sistema escrito), que los perciban los ciudadanos ejerciendo sus funciones, que asuman mayor compromiso con la solución de los problemas que más afectan a los habitantes de su circunscripción en lo que se refiere a la justicia penal y, en definitiva, que sean agentes del proceso político y social en una determinada sociedad. (2)
Es necesario que la "justicia penal" se administre de frente a la comunidad, que los ciudadanos puedan apreciar la manera como los jueces ejercen su función, poniendo en evidencia, excesos, abusos o impunidad. La participación de los ciudadanos en la administración de justicia no se agota con su incorporación como jurados sino que comprende también la posibilidad de que puedan presenciar el juzgamiento penal, desde el momento en que se anuncia la acusación, hasta el momento en que se reciben los elementos de prueba, se formulan conclusiones y alegaciones y se dicta sentencia.
Estas posibilidades, requieren que el juicio sea simple, rápido y continuo, pero sobre todo público, que los ciudadanos puedan ir al tribunal a presenciar el juicio, o que lo hagan los periodistas y éstos informen de lo que ocurre en la Sala del Tribunal. El juicio escrito se vincula directamente con el secreto, pues se acompañan muy bien y se refuerzan el uno al otro
El principio de libre valoración de la prueba (sana crítica): Frente al sistema tarifario (prueba legal o tasada) y al sistema de la íntima convicción (prueba en consciencia), se busca fortalecer el sistema de la libre convicción o sana crítica, según el cual el Juez es libre de asignarle el valor a los elementos de prueba reproducidos en el juicio, pues el legislador no señala anticipadamente presunciones probatorias, ni tampoco tasa su valor según la naturaleza, la clase, o el origen de la misma, sin embargo el Juez se encuentra en la ineludible tarea de expresar las razones por las cuales asigna un determinado valor a dichas pruebas y forma su convicción (deber de fundamentación) lo cual lo separa del jurado. (2)
La oralidad garantiza mejor el cumplimiento de las reglas que rigen la apreciación de las pruebas, porque en forma directa, sin intermediarios, el Juez o Tribunal debe recibir todos los elementos de prueba, frente a todas las partes, lo cual le permite apreciar la veracidad de la misma según las reglas de la lógica, la experiencia, la psicología y el sentido común, con mayor posibilidad que cuando simplemente valora un documento o transcripción de prueba.
El proceso oral no se inmuniza contra el falso testimonio, pero permite detectarlo con mayor posibilidad de éxito que el sistema escrito, donde los oficiales receptores de pruebas traducen o interpretan la versión de los testigos y en muchos casos hasta les facilitan mentir, o en el mejor de los supuestos desnaturalizan o mutilan su relato, transcribiendo en actas lo que ellos creyeron que dijo el testigo.
En el sistema escrito: a) no se pueden apreciar los rasgos humanos genéricos de los declarantes o el lenguaje de sus gestos tan importantes para la valoración; b) hay una gran infidelidad o insuficiencia del acta con lo verdaderamente declarado, por traducción, síntesis, ignorancia o desinterés de quien recibe la prueba; y c) no hay un conocimiento del caso en todo su conjunto, por parte de quien recibe la prueba lo que provoca bastantes lagunas.
La identidad física del juzgador: establece que un mismo juez debe serlo sobre toda la audiencia del debate oral, y además debe ser él quien personalmente dicte sentencia, sin posibilidad de delegación. Lo anterior garantiza que la decisión final es adoptada por quien o quienes presenciaron en forma directa e inmediata tanto los elementos de prueba reproducidos en la audiencia, cuanto los alegatos de las partes referidas a todas las cuestiones debatidas. (2)
El proceso escrito no garantiza esa situación porque permite delegar la mayoría de las actividades jurisdiccionales de trascendencia, desde la recepción de la prueba hasta el dictado de la sentencia, cuando esas tareas se trasladan a auxiliares administrativos y asistentes letrados, por lo general, anónimos, desconocidos, sin posibilidad de recusación siquiera.
La fundamentación de la decisión judicial: Los jueces, como depositarios de la ley, están en la obligación de señalar en sentencia las razones en que sustentan cada una de sus conclusiones, tanto desde el punto de vista fáctico, como jurídico. Para tales efectos deben realizar un conjunto de razonamientos de hecho y de derecho, para prevenirse de la arbitrariedad y de la íntima convicción, por medio de los cuales se le explica a los interesados y a la colectividad que se estudió el asunto, que se respetó el ámbito de la acusación, que se recogieron las pruebas, que se valoraron, que se razonó utilizando la lógica, la experiencia y el sentido común, que se respetaron los derechos fundamentales. (3)
La averiguación de la verdad: La finalidad básica del proceso penal, planteado en términos tradicionales, ha sido siempre la búsqueda de la verdad real o material. Hoy tiene vital importancia como delimitadora de la actividad probatoria en el proceso penal, complementada por principios básicos como el de libertad probatoria. Desde ese punto de vista el proceso tiene por objeto averiguar la verdad respecto del hecho acusado, ya sea para confirmar su existencia o para descartarla. (3)
Los atributos propios de la oralidad, desde su sencillez hasta la exigencia de la concentración, continuación, inmediación, publicidad y transparencia, hacen que el sistema sea más eficiente para aproximarse en un mayor grado a la verdad que el sistema donde esa investigación se delega en auxiliares, se prolonga en el tiempo, se complica con formalismos estériles.
Con la oralidad es posible reducir al máximo los márgenes de duda, pues los elementos de prueba se reciben en forma directa y personal por todos los sujetos del proceso, quienes por esa razón estarán en mayor posibilidad de valorarlos y de apreciar una serie de circunstancias que no podrían percibir con la lectura de un acta levantada por un auxiliar del Juez, además de que tienen la posibilidad de intervenir en la recepción de la misma, interrogando a los testigos y peritos, aclarando y ampliando circunstancias de interés para la decisión que quizás no habría visto nunca aquel auxiliar del tribunal.
LA ORALIDAD Y LOS MEDIOS DE COMUNICACION COLECTIVA: Es indiscutible que la libertad de prensa, entendida como libertad de imprimir o publicar, libertad de expresión y libertad de información, constituye uno de los valores fundamentales para el pleno desarrollo de la comunidad, gracias al cual los ciudadanos pueden ejercer con mayor propiedad gran parte de sus derechos y obligaciones sociales, como los derechos políticos y la libertad de crítica de la función pública. (3)
A partir de estos derechos algunos entienden que la publicidad típica del proceso oral implica, también, un irrestricto acceso de los medios de comunicación colectiva en los estrados judiciales, pues los derechos colectivos están por encima de los derechos individuales de los protagonistas del conflicto penal. Lo anterior lo acentúan cuando ponen en evidencia que las convenciones internacionales de Derechos Humanos, establecen como una necesidad que el juicio sea público.
Hoy los ciudadanos no van a los juicios, de ahí que haya un traslado a la prensa del control que ejercían, pero ésta muchas veces publica los acontecimientos judiciales con algún grado de amarillismo y no existe una clara orientación pública sobre el proceder de los tribunales. Por lo anterior es conveniente establecer programas adecuados de información de parte del sistema de justicia penal, con el fin de contrarrestar cualquier distorsión en ese sentido. La publicidad tiene muchas ventajas, pero también es necesario controlar los pocos aspectos negativos que pueda generar. (2)
LA IMPLEMENTACION DE LA ORALIDAD: Conforme se ha señalado atrás, la oralidad no constituye un principio en sí mismo, sino un instrumento y es el más adecuado (no es el único) para facilitar la realización de los fines, principios y garantías del proceso penal. Por tal motivo lo discutible para optar entre la alternativa oralidad-escritura sigue siendo, por un lado, los principios, los fines y las garantías del proceso, pues una vez determinados éstos debe buscarse el mejor instrumento para realizarlos en la práctica; y por otro lado, a lo sumo tiene trascendencia y deben examinarse algunas cuestiones prácticas para la implementación de uno u otro sistema. (3)
El dictado inmediato de la sentencia: Es necesario que el fallo sea emitido por el Tribunal inmediatamente después de la deliberación, y que la redacción final no demore más allá de 3 o 5 días, según el plazo máximo que la ley establezca, bajo pena de nulidad. (2)
CONCLUSIONES:
¿Justicia; es dar a cada quien lo que corresponda? pudiera ser, pero en el actual sistema por escrito que tenemos, no se puede hablar de justicia, no se puede decir que una persona purgo 10 años en prisión, por un delito menor, porque apenas se reviso su papeleo, no se puede llamar justicia si, el inculpado no piso la cárcel porque tiene dinero para pagar su libertad.
Yo considero un cambio muy importante el que nos reformemos y vayamos hacia los juicios orales; como bien ya dije no es un sistema inmune de mentiras y manipulaciones; sobretodo sentimentales, pero es un sistema mucho mejor que el que actualmente tenemos lleno de injusticias y corrupciones.
En un sistema como el oral, gracias a sus cualidades y procesos es más fácil llegar a la verdad de una manera rápida; y continúa y además es muy importante la vinculación directa con los jueces.
No puede tratarse a la gente como delincuentes, y menos darles una golpiza para que confiesen algo que probablemente no hicieron, necesitamos un sistema de justicia penal que sea transparente, que garantice la verdad y que condene a los responsables de cometer los delitos, derivado de una investigación profesional forense y científica.
Dar este paso es muy importante, aunque no creo que México esté preparado para darlo, además que no basta solo con reformar el proceso penal para lograr la justicia sino que también necesitamos reformar a nuestras autoridades por dentro para acabar con la corrupción y que este nuevo sistema funcione mejor.
Es un cambio difícil, pero no imposible, las personas tendemos a asustarnos con los cambios, pero poco a poco llegamos a adaptarnos, y si copiamos un sistema porque funciona mejor, creo que de menos debemos de copiarlo bien, y sacar esto de la mejor manera posible, yo creo que todo es válido cuando se trata de hacer justicia porque no es solo para unas cuantas personas, si no para todos los mexicanos.


BIBLIOGRAFIA:
(1)http:/juiciosorales.morelos.gob.mx
(2)www.cienciaspenales.org
(3)http://www.cienciaspenales.org/REVISTA%2011/gonzal11.htm
http://juiciosorales.morelos.gob.mx/index.php/nuevo-sistema-de-justicia-penal/diferencias-con-el-sistema-tradicional

La importancia de la argumentacion en los juicios orales

La argumentación en los juicios orales.
Comencemos pues diciendo que es la argumentación:
La argumentación es una variedad discursiva con la cual se pretende defender una opinión y persuadir de ella a un receptor mediante pruebas y razonamientos, que están en relación con diferentes: la lógica (leyes del razonamiento humano), la dialéctica (procedimientos que se ponen en juego para probar o refutar algo) y la retórica (uso de recursos lingüísticos con el fin de persuadir movilizando resortes no racionales, como son los afectos, las emociones, las sugestiones).
Se entiende pues que en esencia el argumentar es crear una idea a partir del conocimiento que se pudiese adquirir o ya se tenga y emitir un juicio, dando lo a conocer con otras personas a nuestro alrededor.
Si a esto le sumamos la otra parte de nuestro tema que es: “los juicios orales” nos encontramos con que juega un importantísimo papel la argumentación en este tema.
Desde el 2008 en México es oficial el cambio a este sistema penal acusatorio donde lo escrito será cosa del pasado dando entrada al desahogo de pruebas a viva voz de parte de los representantes de los que se enfrentan en el juicio o la fiscalía en contra de algún particular, el Juicio Oral es un procedimiento ágil y transparente que facilita el balance entre el acusado y el ofendido, y asegura el respeto a sus derechos humanos.
Eh pues aquí donde radica la importancia de saber expresar nuestro pensar de una manera clara y objetiva además de lógica, recordemos pues que estaremos defendiendo a alguien mas que ese será nuestra labor social y es por lo cual nosotros hemos seguido nuestra carrera como abogados.
El problema en si no es que no existan buenos abogados, o que no existieran los delitos o que la forma de impartir justicia sea la correcta, para mi el problema son todos aquellos personajes que pretenden ser parte de la sociedad, de la nación, del país y que quieren gobernar mas no se sienten estar sometidos a la ley pensando que pueden burlarla cuando les plazca, el poder corrompe y en este país tan corrompido por personas poderosas y un sistema de impartición de justicia defectuoso.
Ahora bien hay otro problema con la implementación de los juicios orales en nuestro país y es que se acostumbro a un sistema escrito que ya es obsoleto y ineficiente pero un cambio tan radical afectara, a mi manera de ver, a los abogados ya litigantes y nuestras generaciones que vivirán la transición, también cabe mencionar que no debe ser factor ya que se dice que un abogado no debe dejar de estudiar nunca ya que todo cambia así es el derecho muy activo.
“La implementación de juicios orales ayudará a que los ciudadanos vuelvan a creer en las autoridades dice el director del CIDE, José Antonio Caballero Juárez”
“Lo que necesitamos es que haya agentes del Ministerio Público que hagan bien su trabajo, mejorar la supervisión y efectivamente cuando los ciudadanos van a juicio que tengan confianza de que esos juicios tengan como primer objetivo garantizar derechos y dar una repuesta adecuada”.
¿Que nos quiere decir esto?
En el país hay personas que ven muy bien este cambio y hay otras que opinan que solo acarreara mayores problemas a los actuales, pero veámoslo de esta manera las personas no confían ni en un policía municipal, bien no se diga si confiaran en un juez, un ministerio publico o alguna persona que tenga algún cargo publico en el país, todo esto a raíz de la cultura que como mexicanos hemos llevado en nuestra vida siempre a la defensiva y pues queriendo evitar cualquier cosa que nos pueda hacer que nos esforcemos un poco mas.
La impartición de justicia tiene que ser igual para todos y todos debemos velar por ese principio y confiar en un cambio que yo considero seria mucho mejor que el estado actual de nuestro sistema penal.